Un total 15 interrupciones voluntarias del embarazo es el registro que la Secretaria de Salud tiene en el periodo del 2016 al 2019, desde que esta vigente la Norma Oficial Mexicana que avala este tipo de procedimientos a petición de las mujeres que así lo soliciten como resultado de un acto de violación.
Al respecto el titular de la Dirección de Salud Pública Miguel Ángel Lutzow Steiner, señaló que se trata de procedimientos en los que ya no es necesario un mandato judicial para poder realizar la interrupción del embarazo, pero únicamente hasta las 12 semanas, ante lo cual aclaró que se trata de un asunto muy diferente a lo que hoy en día se discute para la interrupción legal del embarazo, dado que en éste caso solo se aplica el aborto cuando la mujer agraviada, así lo solicita.
“Es una norma obligada a todo el Sistema Nacional de Salud, aunque también se puede llevar en el IMSS o en el ISSSTE, lo que está en discusión es la interrupción legal del embarazo que tiene otra connotación, pero sabemos por ejemplo que muchas de las muertes maternas están relacionadas al aborto”, apuntó.
Lutzow Steiner comentó además que para los hospitales a cargo del sector salud es muy importante que cualquier práctica médica deba de realizarse en las mejores condiciones y se procura que los médicos enfermeros y enfermeras tenga los instrumentos y los medicamentos para que las pacientes reciban la mejor atención posible, aunque también aclaró que existe para el personal médico, la “Objeción de Conciencia” en caso de que no comulgue con esta práctica o no desee llevarla a cabo en cuyo caso, la dependencia estatal está obligada a cumplir con la norma y llevar a cabo el procedimiento buscando otras alternativas para que se pueda llevar a cabo.