La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) inició expediente de queja contra la Dirección General de Seguridad Pública Municipal (DGSPPM), por la actuación del director Edgar Oswaldo Jiménez Arcadia al ordenar el uso de la fuerza, sin que mediara orden judicial alguna que legitimara su actuar, durante los hechos que se presentaron en la oficialía número 11 del Registro Civil de esta ciudad capital en donde se desalojó mediante la fuerza pública a una mujer que se desempeñaba como suplente de la titular de esta oficina.
El organismo informó que acudió como observador a petición de la víctima, por lo que se pudo constatar y documentar la actuación de la Policía Municipal de San Luis Potosí, al violentar los derechos humanos a la legalidad, a la integridad y seguridad personal y al trato digno ante lo cual la víctima ya acudió ante la CEDH para formalizar su queja.
“Esta Comisión Estatal de Derechos Humanos condena el exceso en el uso de la fuerza pública por los elementos de la policía municipal de San Luis Potosí, haciendo evidente su nulo respeto por los derechos humanos.”, refiere el comunicado que se emitió a los medios de comunicación.
La CEDH también dio a conocer que no participará más en los operativos anti alcohol efectuados por el gobierno municipal, ya que desde el mes de marzo de 2019 se envió un oficio dirigido al Ayuntamiento capitalino solicitando que se convocara a los titulares de las cámaras empresariales y propietarios de bares y restaurantes, para que en conjunto se difundieran programas preventivos que concienticen sobre los riesgos que implica combinar bebidas embriagantes mientras se conduce, con el fin de no convertir esta acción en una medida recaudatoria, de esta solicitud no se ha obtenido respuesta.
El organismo recriminó a la administración capitalina no acreditar el cumplimiento de la recomendación que data del septiembre de 2018 por el caso de violaciones a los derechos económicos, sociales y culturales, de los pueblos y comunidades indígenas, en su condición de inmigrantes urbanos y su derecho a la ciudad, la cual fue aceptada, sin embargo, a la fecha no cuenta con evidencia de acatar la misma.
A ello se suma la recomendación sobre el caso de violación al derecho a la inclusión en la consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada, que originó el Plan Municipal de Desarrollo 2018-2021, en agravio de la comunidad Mixteca Baja, que habita en el municipio de San Luis Potosí, misma que no ha sido aceptada.